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Ocio educativo

Las escuelas de formación en el ocio y tiempo libre ofrecen formación reglada y complementaria a los monitores y directores de las entidades de educación en el tiempo libre.

El nostre departament es el organismo que expide el reconocimiento oficial a las escuelas que les permite ejercer este tipo de formación, hace las inspecciones convenientes, y expide el carnet y el certificado oficial de monitor/a y de director/a.

Por normativa, las escuelas han de estar inscritas en el censo de escuelas de formación de la Dirección lnsular. La inscripción se hará de oficio una vez presentada la declaración responsable y la documentación, y hecha la primera inspección. La cancelación de la inscripción se puede hacer a instancias del titular de la escuela o del propio departamento.

La educación en el ocio y el tiempo libre es el conjunto de actividades y experiencias que se realizan en el tiempo libre de niños y jóvenes con una intencionalidad educativa fuera del curriculum escolar y del ámbito familiar.

  Contribuye a la formación integral de la personalidad de los niños y jóvenes dándoles cuatro oportunidades

  • Aprender a ser (educación en afectividad, fomento de actitudes responsables y de un pensamiento autónomo y crítico, capacidad para elaborar juicios propios, etc.) 
  • Aprender a hacer (desarrollo de habilidades y estrategias; fomento de la capacidad organizativa y resolutiva, aprender a actuar con el entorno de forma responsable y justa, etc.)
  • Aprender a conocer (descubrir el mundo, conocer otras culturas y modelos de vida, etc.) 
  • Aprender a convivir (resolución de conflictos, fomento de valores como el diálogo, el respecte, la cooperación, el compromiso, la igualdad i la justicia, etc.)

Por tanto, la educación en el ocio y tiempo libre constituye un entorno educativo, que tiene la capacidad de adaptarse a las necesidades, situaciones y posibilidades de los niños y jóvenes, ofreciéndoles una recopilación de actividades lúdicas, atractivas y motivadoras. La educación en el ocio utiliza una metodología activa y participativa orientada a conseguir que los niños y jóvenes sean los protagonistas de su propio ocio. 

La educación en el ocio y tiempo libre educa en valores a la infancia y juventud, constituyendo un espacio de formación y participación comunitaria con voluntad de transformación y de inclusión social.

Son actividades de tiempo libre educativo infantil o juvenil las dirigidas a niños y jóvenes, organizadas por una persona física o jurídica, pública o privada, con o sin ánimo de lucro, en las que participan un mínimo de diez personas de entre 3 y 17 años. Éstas son llamadas actividades puntuales de tiempo libre educativo.

Asimismo se consideran actividades continuadas de tiempo educativo aquellas que llevan a cabo entidades y personas de derecho público o privado, de una duración mínima semanal de tres días -consecutivos o no-, sin pernoctación, durante al menos seis meses. Éstas son llamadas actividades continuadas de tiempo educativo.

La finalidad de estas actividades debe favorecer la participació social, la diversión, la formación, el aprendizaje de valores, el descanso y las relaciones de las personas  participantes, en execución de un proyecto educativo.

La duración mínima de este tipo de actividades es de tres días consecutivos, o no consecutivos, dentro de un periodo de siete días naturales, independientemente de si son completos o no. 

Obligaciones en materia de accesibilidad:

Las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil organizadas por el sector público deben garantizar la participación de niños y jóvenes con un grado de dependencia reconocido por la autoridad competente.

Y aquellas organizadas por la iniciativa privada, con o sin ánimo de lucro, deben reservar un mínimo del 2% de las plazas para personas de entre 3 y 17 años con un grado de dependencia reconocido por la autoridad competente. Si la aplicación del porcentaje da lugar a un número con decimal, se redondeará hasta el número entero siguiente. Sólo en caso de que no haya demanda para estas plazas reservadas se podrán cubrir por otros participantes.

En concreto, se consideran actividades de tiempo libre eductaivo infantil o juvenil las siguientes: acampadas; campos de trabajo; escuelas de verano o de vacaciones; colonias; actividades de carácter deportivo (a excepción de las prácticas deportivas habituales); actividades en una granja escuela o en una aula de educación ambiental; marchas por etapas; actividades en casales, espacios de jóvenes y centros infantiles o juveniles de tiempo libre; actividades de carácter mixto (actividades de tipo académico y propias de tiempo libre); y actividades extraordinarias de aventura o de deportes de riesgo.  

Quedan excluidas las actividades de tiempo libre de carácter familiar; las complementarias, extraescolares y servicios complementarios escolares que se realicen dentro del período escolar; el deporte federado; y las demás actividades que se determinen reglamentariamente.

Las actividades educativas en el tiempo libre infantil o juvenil deben notificarse a nuestro departamento. El personal inspector y de seguimiento, puede desplazarse a las actividades y comprobar que cumplan los requisitos y tengan la documentación reglamentaria. Si es detecten deficiencias, se podrá iniciar un procedimiento sancionador.

Se consideran instalaciones juveniles los espacios físicos permanentes de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que se encuentran al servicio de la infancia y la juventud, y que facilitan la convivencia, el alojamiento, la formación, la participación en actividades sociales y culturales o la utilización adecuada del tiempo libre educativo.

Se clasifican en instalaciones con pernoctación (albergue juvenil para el tiempo libre, campamento juvenil, casa de colonias, residencia juvenil, y refugio juvenil) y en instalaciones sin pernoctación (granjas escuela sin pernoctación, aulas de naturaleza, centros infantiles o juveniles de tiempo libre educativo).

Las instalaciones juveniles de alojamiento están destinadas a la infancia, a la juventud y a los grupos de niños y jóvenes, de edad no superior a los 30 años, para llevar a cabo actividades educativas en el tiempo libre y actividades de ocio y formativas. Sin embargo, las personas con una edad superior a 30 años pueden utilizar las instalaciones juveniles si se trata de los padres, madres, tutores, maestros, educadores o monitores y participan conjuntamente con los niños y jóvenes en las actividades educativas organizadas. 

Las instalaciones juveniles están sujetas a inspecciones que realizaran los servicios de inspección del Consell de Mallorca. Éstos, realizaran una inspección inicial una vez presentada la declaración responsable; y, otras de seguimiento con una periodicidad mínima de dos años. Si se detectan deficiencias, se podrá iniciar un procedimiento sancionador.

Una entidad juvenil de educación en el ocio y tiempo libre es aquella que lleva a cabo actividades y experiencias con niños y jóvenes en su tiempo libre, con una fuerte intencionalidad educativa fuera del currículum formal y del contexto familiar. Su tarea se fundamenta en la pedagogía de la acción y las actividades lúdicas para el desarrollo integral de la persona y la transmisión de valores. Sus acciones se desarrollan a partir del voluntariado; no tienen ánimo de lucro.

Su organización se basa en la participación democrática de los niños y jóvenes. Mayoritariamente, están dirigidas por jóvenes. 

Muchas de estas entidades están federadas, formando una entidad mayor. Actualmente, podemos distinguir 4 grandes agrupaciones en Mallorca:

  • Moviment Escolta i Guiatge de Mallorca (MEGM)
  • Escoltes i Guies de Mallorca (EA)
  • Organització Juvenil Española (OJE)
  • Moviment de Centres d’Esplai Cristians Catalans – Pere Tarrès (MCECC)
  • Entitats Juvenils Autònomes

 

Entidades juveniles de educación en el ocio

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